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ESTATUTOS

CAPITULO III. DE LOS DERECHOS DE LOS ASOCIADOS FUNDADORES Y ACTIVOS

ARTICULO NOVENO. Son derechos de los Asociados FUNDADORES Y ACTIVOS:

  1. Tener voz y voto en las Asambleas, participar en las deliberaciones, formular y presentar ponencias ya sea directamente o a través de las Delegaciones Regionales y en general a intervenir en todos los asuntos que se traten en dichas Asambleas. Cada asociado tendrá un solo representante acreditado con voz y voto, como se estipula en el Articulo Sexto de estos Estatutos.
  2. No tendrán derecho a voto, los Asociados que no hayan cumplido cabalmente cualesquiera de las obligaciones que se derivan de estos Estatutos los que serán notificados de las causas de impedimento, por los escrutadores al comienzo de las asambleas.
  3. Formar parte de los Organismos Directivos de la Asociación. En ningún caso podrán delegarse las funciones o cargos aprobados por elección; tampoco las comisiones que fueren asignadas al asociado en atención a su persona. Las vacantes, ausencias e impedimentos de asistencia serán cubiertas solamente por las personas a quienes los Estatutos señalen como suplentes respectivamente.
  4. Recibir los beneficios que la Asociación proporciona a sus Asociados.
  5. Convocar en los términos establecidos en los Estatutos, para la celebración de Asambleas Generales o Extraordinarias
  6. Solicitar por conducto de la Comisión de Vigilancia, los informes que estimen pertinentes sobre la marcha y administración de la Asociación, denunciando las irregularidades que perjudique los intereses de la Asociación o de sus Asociados.
  7. Ostentar y usar con orgullo los emblemas de la Asociación.
  8. Presentar al Comité Directivo todas las propuestas que juzgue convenientes.
  9. Recibir de la Asociación el apoyo moral que necesiten.
  10. Compartir los beneficios de las promociones realizadas, que se concreten en el hospedaje a mayor número de viajeros, así como las ventajas de captar personal con mayor capacitación técnica de las Instituciones apoyadas por la Asociación y la incorporación de los avances tecnológicos.
  11. Compartir con otros Asociados, las ventajas económicas representadas por abatimientos de costos y de sistemas operativos.

CAPITULO IV .- DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS FUNDADORES